Por disposición de la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires.
· Deberá sacar el tiosulfato de amonio del tanque 5.
· Otros tres tendrán que ser relocalizados.
La Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires intimó a Ponal Group a presentar un cronograma de retiro del fertilizante tiosulfato de amonio almacenado en el tanque 5, por carecer de la correspondiente autorización, mientras que deberá hacer lo propio para el retiro y relocalización de los tanques 10, 11 y 12, por no estar dispuestos acorde a lo declarado en el estudio de evolución de impacto ambiental aprobado.
La notificación fue firmada por la directora de Evaluación para el Desarrollo Sustentable de la mencionada dependencia bonaerense, Graciela Suárez y recibida por el gerente de la planta, David Christensen, quien lo hizo ”bajo protesta y disconformidad”.
A su vez, el Consorcio de Gestión de Puerto Quequén respondió una inquietud de la Asamblea Ciudadana Ambiental, consignando que el Estado Nacional es el propietario de los terrenos donde se encuentran las instalaciones de Ponal S.A., por lo que deberán efectuarse en ese nivel las gestiones para obtener las identificaciones catastrales requeridas.
El ente autónomo señaló que la autorización correspondiente emanó de la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires, mediante resolución Nº 1755/66, razón por la cual el asesor legal de la Asamblea Ciudadana Ambiental, César Lisa, informó que solicitará a la Secretaría de Medio Ambiente de la Nación que intervenga en el caso y efectúe el estudio de impacto ambiental. Añadió que planteará la nulidad de la citada resolución bonaerense que permitió la radicación del establecimiento industrial.
Por otra parte, la semana anterior se llevó a cabo la primera reunión del denominado grupo de trabajo constituido para el tratamiento de los temas relacionados a la instalación de Ponal.
Según el acta labrada, se debatió acerca de las medidas que la autoridad de aplicación (Secretaría de Política Ambiental) debería tomar respecto del fertilizante líquido tiosulfato de amonio “por no tener certificación de almacenamiento en la planta” y también se dialogó sobre la ubicación de los tanques 10, 11 y 12, al comprobarse que no se encuentran según el croquis presentado por la empresa a la Provincia para su aprobación.
Los representantes de este organismo provincial informaron acerca de la decisión adoptada, consistente en la intimación para el retiro del tiosulfato de amonio y a la relocalización de los tanques.
Los miembros de las comisiones vecinales que asistieron a esta reunión expresaron que, una vez que sean desarmados los tanques, se debería realizar una inspección sobre el método de construcción y los materiales utilizados en las bases de cada uno de ellos.
El Consorcio autorizó el gasto para la contratación con el INTI de la verificación de las memorias de cálculo según norma API 650, de los tanques instalados en la planta, así como la elaboración de un informe técnico y observaciones.
En la ocasión, el Dr. César Lisa adelantó que presentará una carta documento para reclamar la nulidad de la resolución 1755/06, por competencia territorial, insistiendo que los terrenos donde se levantó Ponal pertenecen al Estado Nacional.
Por último, se conversó sobre la necesidad de que a estas reuniones asistan los delegados de los distintos sectores, principalmente, el representante municipal ante el Consorcio de Gestión de Puerto Quequén, César González.
Fuente: Ecos Diarios
05/06/07
martes, 5 de junio de 2007
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